viernes, 11 de noviembre de 2022

 

Gobierno de restauración de Estado democrático liberal a instauración de Estado social democrático de derecho

 

Roberto Briceño Jiménez

Resumen

En esta exposición de ensayo pretendo interpretar la intencionalidad política de cambio del nuevo gobierno de Honduras autodefinido refundacional de socialismo democrático. Dimensionar los conceptos de Estado democrático liberal y la diferencia con el concepto de Estado socialista democrático de derecho o el concepto de Estado democrático popular.

Analizar los cambios en perspectiva de restauración institucional con referencia a promesas del nuevo gobierno. Argumentar que este gobierno está limitado por contexto de crisis estructural que produjo el desmantelamiento del sistema de Estado democrático liberal que se estaba configurando y destruyó el régimen dictatorial postgolpe de Estado para instaurar el Estado neoliberal de dictadura de mafias neooligárquíca.

Argumentar que el nuevo gobierno se limitará a restaurar las instituciones de la forma de Estado social democrático sin trascender las configuraciones estructurales de las relaciones capitalista, pero relativamente posicionado restaurando su condición de Estado Soberano en relaciones internacionales.

Señalar las fuerzas y factores histórico-estructurales que limitan las posibilidades de cumplir la promesa de Estado socialista democrático popular.

Conceptos claves

Refundación del estado- restauración política del Estado. Estado democrático liberal, Estado social democrático de derecho, Estado socialista democrático popular.

Definición conceptual análisis e interpretaciones

Se entiende por refundación del Estado, el proceso de volver a construir la configuración estructural e instituida de derecho democrático para instaurar un Estado de nuevo tipo. Que corresponda a un nuevo sistema de relaciones sociales. O sencillamente puede entenderse como readecuación del Estado democrático Liberal a los fines de una sociedad democrática, basada en relaciones sociales de producción y distribución social y privada capitalista, de la riqueza producida. Otras connotaciones de Estado social y democrático son:

a.       La de social democracia en la que el Estado administra excedente económico producido y ordena la relación mercado sociedad, el Estado redistribuye riqueza haciendo inversión pública para producir condiciones de bienestar social

b.       Estado socialista democrático popular.  La coalición de movimientos sociales de base, de clases subalternas para instaurar un estado basado en democracia popular con liderazgo político participativo y relativamente desconcentrado en colectividades de unidades de producción y comunidades socioculturales basadas en la propiedad comunitaria o social.

Cambiar la forma de Estado es reforma política, adecuando las instituciones a las relaciones sociales de producción hegemónicas del mismo sistema. Cambiar el tipo de Estado es transformar las relaciones sociales de producción e instituirlas en Estado y derecho. Esa transformación es viable sólo en condiciones de triunfo de las coaliciones de clases subalternas sobre las clases hegemónicas para instaurar un Estado democrático popular. Esa transformación no resulta de una elección sino de un proceso histórico revolucionario.

En el discurso oficial solamente enuncia conceptos de socialismo democrático, que aún no ha definido y las acciones de políticas indican que se limitaría a hacer reformas que se adecúen a las innovaciones en las relaciones sociales de producción capitalistas, con el Estado interviniendo en tutelar y habilitar derechos de productores y consumidores, regulando relaciones de producción y mercado en perspectiva de reproducción del sistema capitalista o burgués.

Lo anterior se explica por el gobierno y régimen político instaurado en doce años de cooptación del Estado por la dictadura postgolpe, liderada por la clase dirigente coaligada y constituida por mafias corruptas y criminales imponiendo el control de órganos de gobierno, un régimen político burocrático autoritario, sin límites éticos desestructuraron instituciones, se apropiaron de recursos del Estado, dejaron desmanteladas las dependencias gubernamentales. Los burócratas de alta jerarquía abandonaron las dependencias estatales dejando plazas ocupadas por agentes nominados con acuerdos sin criterios racionales de funciones por categorías de especialización técnico- profesional, los escritorios vacíos de información y equipos de oficina, sin recursos financieros excepto los fondos de reserva del Banco Central, no hicieron entrega de inventarios.

Los jefes del anterior gobierno llenaron las nóminas de personal burocrático que mantuvo por contratos, en precariedad laboral, asignándoles acuerdo permanente, para impedir que el nuevo gobierno seleccionara personal burocrático e imponerle obligaciones de prestaciones laborales por cesantía sobre el presupuesto desequilibrado que dejaron aprobado por el anterior parlamento.

En condiciones de Estado Autoritario neoliberal, gobernado y desmantelado por mafias, es lógico que lo que corresponde hacer al nuevo gobierno es recuperar y restaurar las instituciones del Estado burgués, de forma democrático liberal y el deber ser es convocar a una constituyente para cambiar el Estado autoritario neoliberal por un Estado social democrático de derecho, si el fin es refundar para instaurar un nuevo tipo Estado.

Políticas de restauración.

a.       Derogación de leyes antidemocráticas que legalizaron la corrupción y el crimen e instauraron un régimen político autoritario de aberrante corrupción sin limites de impunidad.

b.       Resarcimiento de los daños causados por graves violaciones a los derechos humanos durante el golpe de Estado y el régimen político del narco dictadura.

c.       Recuperación de la soberanía territorial y de los derechos territoriales de los pueblos.

d.       Recuperación y restauración soberana de empresas privatizadas: BANADESA, SANAA, ENEE Y HONDUTEL

e.       Restauración de la infraestructura de medios de consumo colectivo para la reproducción social: sistema de salud, educación, vías de transporte y comunicaciones.

Estado de derecho.

Emisión de decreto 4-2022 para reconstruir el Estado constitucional por el que se derogó el decreto inconstitucional141-2009, de golpe de Estado contra el presidente Constitucional Manuel Zelaya Rosales. Este decreto restaura la vigencia del Acuerdo de Cartagena y amnistía para los perseguidos y enjuiciados por causas vinculadas al golpe de Estado, víctimas de represión, por luchar contra la violación a los derechos humanos, defensa de territorios, patrimonios, culturales y por haber desempeñado funciones en el gobierno constitucional derrocado. (Congreso Nacional, 2022)

El decreto incluye el Acuerdo de Cartagena por el que el gobierno se comprometió a la reconciliación Nacional, en consecuencia, no sanciona a los involucrados en la ruptura del Estado de derecho y violación de derechos humanos fundamentales, implícitamente quedan amnistiados, aunque nunca fueron enjuiciados por sus crímenes, en consecuencia, quedan impunes.

La concepción manifiesta del gobierno es que la restauración de medios de consumo colectivo como, energía, agua potable, transporte, telecomunicaciones, salud y educación, es función soberana del Estado y garantía de derechos humanos fundamentales.

El gobierno es coherente con su política declarada de garante de los derechos humanos. Los órganos represivos del Estado han cambiado sus procedimientos de intervención y tratamiento de conflictos con uso proporcional de medios de represión, a diferencia del régimen político autoritario militar de la dictadura, que violaban derechos humanos impunemente, haciendo uso de fuerza con instrumentos lesivos y contundentes.

Restauración de derechos soberanos.

También es coherente con la estrategia de restauración de la función de soberanía del Estado en restauración de su capacidad de administración estatal de recursos naturales empresas que habían sido privatizadas, territorios que han sido ocupados incluyendo espacios patrimoniales de comunidades y de la nación, el caso de áreas ecológicas que debiendo estar protegidas por el Estado fueron concesionadas a corporaciones en forma de fideicomisos para extracción de recursos.

Entre las políticas de restauración institucional del Estado de derecho democrático destacan las siguientes:

Restauración de soberanía energética, emitiendo la Ley especial para garantizar el servicio de energía eléctrica, como un bien público de seguridad nacional y un derecho de naturaleza económica y social.

 El articulo 1 de esta ley establece que el Estado de Honduras declara el servicio de energía eléctrica como un bien público de seguridad nacional y un derecho humano de naturaleza económica y social. Las actividades de generación, trasmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica se realizarán bajo principios de integralidad, justicia participativa, social y ambiental. (Congreso nacional, 2022) 

 

 

 

 

 

 

 

Esta ley deroga el decreto legislativo Nº 33-2021 por el que se otorgaba fideicomiso para construcción de proyectos de generación de energía en 14 cuencas de los ríos siguientes:

N.º

Represas/rio

Departamentos

1.       

Llanitos y Jicatuyo, rio Ulua

Santa Bárbara

2.       

El Tablón Rio Chamelecón

Santa Bárbara

3.       

San Fernando y Morolica , rio Choluteca

Choluteca

4.       

Quebrada relumbrosa

La Ceiba Atlántida

5.       

Jalán

Olancho

6.       

Texiguat

El Paraíso

7.       

Guangololo

La Paz

8.       

Leutona

Francisco Morazán

9.       

Gila

Copán

10.   

Arsilaca

Lempira

11.   

Maicupa

Copán

12.   

Talgua

Olancho

13.   

Mame

Yoro

14.   

Selguapa

Comayagua

Fuente. Decreto 46-2022. La Gaceta 16 de mayo 2022.

El gobierno con esta disposición legal no recupera toda la superficie en cuencas concesionadas por el régimen de dictadura neoliberal extractivista, porque en razón de derechos corporativos del capital transnacional implicaría expropiación, que rompe con el derecho capitalista de propiedad privada impuesta, sobre derechos humanos económicos y sociales, de acceso a los recursos patrimoniales y naturales.

El estudio e investigación de Territorios en riesgo, (Fash, 2021), publicado por OXFAM, FOSDEH y UNAH, describe que los proyectos para extracción de energía hidroeléctrica incluyeron cuencas que están en áreas ecológicas protegidas. Cuenta 37 proyectos hidroeléctricos y uno de energía térmica que también afecta áreas protegidas al intersecar con fuentes hídricas. En estos 37 proyectos se construyen 39 presas hidroeléctricas situadas en los parques nacionales Pico Bonito, Nombre de Dios, área de vida silvestre Texiguat, Sierra de Agalta la biosfera de Rio Plátano y la fuente de agua El Jilguero, especifica este informe que el proyecto de energía térmica ocupa y afecta el Parque Nacional Gracias a Dios. (Fash, 2021)

El análisis de referencia valora que la apertura de mercado de generación, distribución y trasmisión de energía eléctrica por las empresas privadas se legalizó con la Ley Marco del subsector eléctrico (decreto Nº 158-94). El efecto que esa apertura produjo  fue el incremento de la inversión privada sobre el control estratégico estatal en razón de capacidad instalada mayor en beneficio del sector privado en un 78.5% , sobre el control estatal reducido a un 21.5 % . La energía es un recurso estratégico para ejercicio de función soberana del Estado, transferirlo a empresas privadas enajena soberanía y en consecuencia limita el derecho económico y social de los hogares, para acceso a medios de consumo colectivo, factor de exclusión y empobrecimiento.

Recuperación de territorios.

Es un hecho sin precedentes históricos, la enajenación de espacios territoriales en la forma de zonas especiales de desarrollo, o zonas de empleo y desarrollo legalizada por el régimen de la dictadura neooligárquíca del Estado capitalista Neoliberal, como espacios acotados exclusivos y autónomos con sus propios gobiernos y derechos de explotación y control absoluta de fuerza de trabajo.

La forma primera fue legalizada por decreto Ley 283-2010 instituía Regiones especiales de desarrollo, RED. Esta ley fue declarada inconstitucional por la Corte de Justicia, razón por la que el Ejecutivo y el Congreso defenestraron a tres de cuatro magistrados de la sala constitucional, sancionados por declarar inconstitucional la ley de RED. (Vallejo Larios, 2020). Razón constitucional suficiente para juzgar por delito de traición a la Patria al Ejecutivo y diputados que participaron de ese golpe para entrega de soberanía.

Fue de público conocimiento informado que el Magistrado Oscar Chinchilla votó a favor de la RED, en recompensa fue nombrado fiscal general dos periodos sucesivos apoyado por el congreso, el ejecutivo y la Embajada de Estados Unidos.

Los cambios de medidas incluyeron emitir el decreto 120-2013 (Vallejo Larios, 2020) por el que sustituye el nombre por el eufemismo de Zedes, zonas de empleo y desarrollo, para lograr aceptación social de su estrategia. Sin embargo, estas disposiciones provocaron impugnación y rechazo social, con surgimiento de movimientos de defensa territorial en contra de las políticas de desposesión y expropiación de territorios.

La ley de Zedes, es inconstitucional, contradictoriamente, dispone que aplica los artículos 10, 11,12,13,14,15 y 19 de la Constitución de la República, todos referidos al territorio y la soberanía, al aplicarlos en estrategia de ZEDES, les niega su aplicación constitucional y los reduce a espacios acotados exclusivos. La aplicación del articulo 19 que establece la inalienabilidad de los espacios territoriales, aéreos y marítimos limitados a incurrir en delitos imprescriptibles de traición a la Patria en los casos de su violación por autoridad sin excepción jerárquica. El acto de emisión de la Ley es violatorio de los artículos constitucionales que aplica mas los que intencionalmente omite como el 107 constitucional. (Asamblea Nacional Constituyente , 1982).

La aplicación de esa ley legaliza la entrega de espacios territoriales vitales para comunidades, incluye la expulsión por desposesión y constitución de pequeños estados con sus propios gobiernos en espacios exclusivos aboliendo la función soberana del Estado Hondureño en esos espacios que serian acotados.

El gobierno cumpliendo su promesa de restauración del Estado soberano, aprobó la derogación de la ley de ZEDE, por decreto unánime del Congreso N.º 32-2022 el 21 de abril de 2022. El hecho extraordinario es que diputados del partido Nacional y Liberal, que en las anteriores legislaturas apoyaron el atentado a la soberanía por concesión de espacios y transferencia de autoridad, en esta rectifican apoyando su derogación. (Poder Legislativo, 2022).

La explicación del cambio de acción política de fuerzas neoconservadoras en  oposición, se relaciona con el precedente constitucional de traición a la patria, que no prescribe y podría aplicarse en cualquier tiempo, contra implicados o,  porque suponen la derogación  no aplicable realmente y confían en la instauración de instituciones de ocupación, que se han establecido con base en derechos corporativos  y fines de acumulación ampliada y expansiva de capital,  por corporaciones capitalistas extractivistas, que tienen establecidos sus espacios exclusivos en los territorios, en formas de enclaves maquiladoras, parques industriales concesiones de espacios ecológicos con fines turísticos, territorios mineros y  cuencas hidrográficas.

El hecho real es que la derogación no ha producida el efecto de cierre de ZEDES, por derechos corporativos que se imponen con fuerza mayor que los derechos humanos de los pueblos, por tratados de libre comercio e instituciones de fomento a inversión extranjera directa más acuerdos multilaterales, que se han establecido por organismos de gobierno del capital financiero transnacional, que imponen la deuda como obligación primaria del Estado.

Relaciones internacionales instaurándose con relativa autonomía

Es constante la intervención hegemónica de Estados Unidos en la política interna e internacional, ha habido declaraciones de intervención directa en referencia a la organización del gobierno, las políticas económicas y su estrategia de seguridad militarizada en su frontera sur expandida a Centroamérica. También el gobierno ha expresado respuestas puntuales con implícita intención de establecer límites en sus relaciones internacionales y específicamente con Estados Unidos, para delimitar su espacio soberano en perspectiva de constitución de Estado independiente como promesa y horizonte de nuevo orden internacional e independencia del Estado.

Estados Unidos en su relación con el gobierno dictatorial de clase dirigente representada por formas de  mafias neooligárquíca posesionada del Estado, impuso condiciones restrictivas a sus relaciones con el gobierno, suspendió la presencia de embajador, constante presencia del comando sur e impuso sumisión absoluta sobre la dirigencia del gobierno, sometida a proceso de enjuiciamiento de sus lideres, por evidencias de verificados hechos de corrupción y narcotráfico expuestos en  informes de fiscales en cortes de justicia.

La estrategia de Estados Unidos es su seguridad e intereses corporativos hegemónicos y expansivos, mantener eficiencia de control de fuerza de trabajo, para extraer capitales y asegurar la acumulación ampliada de capitales.

Inmediatamente después que pasaron las elecciones y se verificó el resultado electoral legitimando el gobierno de alianza LIBRE -PSH, el 12 de diciembre la Subsecretaria para la seguridad civil democracia y derechos humanos Uzra Seya, visitó a la presidente electa Xiomara Castro, quien asumiría el nuevo gobierno el 27 de enero de 2022. En su visita la Subsecretaria dejó establecida la agenda de relaciones entre Estados Unidos y el nuevo gobierno: combate a corrupción, el narcotráfico y la migración. (público., 2021)

Los tres puntos de esa agenda acordada bilateral o impuesta, justifican la presencia e intervención estadounidense, reconocida y asumida por acuerdo que se legitima en la estrategia del gobierno del socialismo democrático, recíprocamente reconocido y valorado satisfactoriamente por aquel gobierno en el primer semestre de administración.

La concepción estratégica del Estado imperial es su seguridad expansiva, la concepción del gobierno hondureño, es la solución de los problemas estructurales que impiden potenciar capacidades de transformación de las relaciones sociales, para reducir las desigualdades sociales y producir medios de bienestar social en condiciones democráticas y de vivencia real de derechos socioculturales y ambientales.

La materialización de esa concepción estratégica por este gobierno necesita de independencia para trascender los limites que impone las relaciones hegemónicas del régimen imperialista, por medio de sus organismos multinacionales de financiamiento y el control militar por el Comando sur, para definir sus relaciones internacionales en términos de los intereses estratégicos de transformación estructural de la formación social hondureña.

El discurso de la presidente en la reciente Asamblea de Naciones Unidas posiciona las relaciones internacionales declarando el principio de respeto a la autodeterminación de los pueblos, la solidaridad internacional y el respeto a los derechos humanos. Esa demanda es respuesta antimperialista coherente con la razón de ser de Naciones Unidades, la paz mundial basada en el respeto a la igualdad de  derechos ente las naciones.

La Concepción estratégica de Estados Unidos contrasta con las perspectivas de transformación estructural de las relaciones sociales del gobierno del socialismo democrático, Estados Unidos dispone de la mayor presencia y hegemonía, con sus corporaciones transnacionales e inversiones directas en extracción de recursos minerales, energéticos, producción maquiladora, agroalimentaria servicios de telecomunicaciones, almacenamiento y transportes.

El gobierno de Honduras proyecta una inversión de 350 millones de dólares en industria maquiladora manteniendo incentivos fiscales por cinco años y facilitando las condiciones legales de instalación libre de obstáculos burocráticos. (Suazo, 2022)

La política refundacional se propone restaurar derechos sociales, reducir las desigualdades con inversión social en atención al acceso al uso de medios de consumo colectivo: invirtiendo en restauración de infraestructura de salud, educación energía, telecomunicaciones y ambiente. Mejoras de edificios e instalaciones, equipamiento de hospitales, centros de salud y dotación de medicamentos, reconstrucción de edificios escolares e instalaciones de medios de uso y consumo colectivo, ampliación de cobertura y rediseño curricular con base en un modelo educativo critico de educación liberadora.

Cuando el Estado invierte,  redistribuye ingresos, genera medios y espacios sociales de bienestar .Las reformas en el sistema financiero restaurando BANADESA y BANPROVI,  reduciendo tasas de interés a la intermediación financiera en crédito con fines de producción agroalimentaria, la construcción de vivienda,  para la  mediana y pequeña empresa productora de medios de consumo directo es estratégico,  valorando que son esas unidades económicas,  las que generan mayor  demanda de trabajo incorporando  un 90% de fuerza de trabajo, según declaraciones de representantes del COHEP.

 En contraste, el Estado históricamente ha sacrificado ingresos fiscales para privilegiar con dispensas de tributos a las grandes empresas, exentas también de obligaciones de transferencia de tecnología y reinversión de excedentes producidos y más responsabilidad social, por medios de reproducción ampliada de capitales sin embargo,  no corresponden a la demanda estructural de mayor incorporación de fuerza de trabajo, porque son de baja  intensidad en uso de fuerza de trabajo por su mayor composición orgánica de capital.

Otra acción política coherente en la estrategia de restauración de derechos económicos y sociales es la aprobación del Decreto 38-2022 que deroga el Decreto 354-2013, (ley de empleo por hora), que precarizaba el derecho al trabajo en beneficio de la sobreexplotación, de trabajadores, imponiendo condiciones favorables a la producción de plustrabajo. Con la derogación de esa ley el Estado restituye y tutela los derechos de estabilidad, protección y previsión laboral de trabajadores. (Congreso Nacional, 2022)

 En Ocho años de vigencia de la ley derogada, se evidenció que la precarización laboral no produjo ampliación de incorporación de fuerza de trabajo, reducción del desempleo y el empobrecimiento, el efecto que produjo fue expulsión de fuerza de trabajo e incremento de la tasa de pobreza a 73%  e indigencia a 53%  en el país, factor estructural que redujo al país a la condición de segregación y  expulsión de su población potencialmente activa.

Obstáculos que limitan la gestión del desarrollo

Deuda externa. La deuda externa total compromete aproximadamente el 73% del presupuesto del gobierno. En el primer trimestre, mes de abril de 2022, el gobierno cumplió con el pago de 312.5 millones de dólares equivalentes a más o menos 7 mil 656 millones 250 mil Lempiras. (Banco Central de Honduras, 2022).

El cumplimiento de los pagos programados es condición para recibir nuevos desembolsos en deuda contratada y prolongan al infinito el endeudamiento externo en beneficio de la acumulación sin limites del capital financiero transnacional.

Esa obligación sigue siendo impuesto directo que grava la economía del país, reduce las capacidades de inversión pública, social y productiva para generar acumulación interna de capital. Es también un medio de presión externa de los organismos financieros multinacionales, sobre el gobierno, para limitar y condicionar diseño y gestión de políticas de desarrollo.

 Corrupción. El excesivo endeudamiento contratado por el régimen de la dictadura neooligárquíca, es vinculante con la corrupción administrativa relacionada con políticas de privatización de recursos del Estado, transferidos a organizaciones privadas y de estas a cuentas privadas, según recurrentes hechos denunciado por el Consejo Nacional Anticorrupción, CNA, y la Unidad fiscal de seguimiento a redes de corrupción, UFERCO.

Cooptación del Estado. Las fuerzas políticas de la reacción neoconservadora cooptaron las instituciones del Estado, ocupando espacios de poder en organismos represivos, seguridad y defensa, Ministerio público, poder judicial y Congreso nacional. También el gobierno anterior dejó desmanteladas las instituciones, saqueo de oficinas, ocupadas las plazas vacantes de la burocracia gubernamental, con agentes o activistas de su partido político.

La cooptación del Estado asegura impunidad de actos de corrupción y hechos criminales. Impiden procesos de gestión y desarrollo, limitan el nuevo régimen en el círculo vicioso de administración de crisis con bloqueos burocráticos que impiden el despegue y curso de las acciones del nuevo régimen, en consecución de su estrategia de transformación e instauración del Estado social y democrático de derecho.

Legitimidad del Gobierno. Las fuerzas de oposición en representación de interese de mafias corruptas y criminales, mantienen presión continua y persistente en sus medios de desinformación y desorientación de masas, pretendiendo ocultar la realidad y establecer sus discursos falaces como poder de verdad, para reducir y debilitar las capacidades de acción política restauradora y en perspectiva de cambios estructurales que plantea el nuevo gobierno.

Las fuerzas neoconservadoras han privatizado el Estado y disponen de medios de control social para ejercer hegemonía con su propaganda masiva, tienen representación mayoritaria en el Congreso y los órganos de justicia todo se opone a la potenciación de autonomía para gestar poder instituyente restaurar instituciones y fundar nuevas para instituir las nuevas estructuras de Estado social y democrático.

Conclusiones y prospectiva

1.      El gobierno de refundación no ha dimensionado el significado del concepto de refundación

2.      Las reformas realizadas son coherentes con la estrategia de restauración o nacionalización del Estado cooptado por formas de clase dirigentes representadas por organizaciones mafiosas.

3.      En perspectiva refundación, el gobierno estará ocupado en acciones de restauración institucional, muy limitado en su autonomía por oposición de fuerzas neoconservadoras, en formas sociales o grupos como mafias y representaciones de redes de la oligarquía financiera- extractivista y mediática, fetichizada hegemónica.

4.      Instituir un Estado socialista es un proceso histórico de transformación de relaciones sociales de producción, el gobierno de socialismo democrático no más podría restaurar el Estado instituido socialmente democrático de derecho y generar las condiciones potenciales de poder popular con autonomía instituyente, para gestar  el movimiento popular, si  en prospectiva se propone realizar la promesa de transformación de relaciones capitalistas, por relaciones socialistas en los colectivos, comunidades y organizaciones de trabajadores, proletarios, obreros y campesinos.

Trabajos citados

 

Asamblea Nacional Constituyente . (1982). Constitución de la República . Tegucigalpa: OIM, editorial S A.

Banco Central de Honduras. (2022). Informe deuda extera del sector público aabril de 2022. Tegucigalpa: BCH.

Congreso Nacional. (28 de abril de 2022). Decreto Nº 38-2022, Decreto derogatorio. La Gaceta, diario oficial de la República de Honduras., pág. 4.

Congreso nacional. (16 de mayo de 2022). Ley especial para garantizar el servicio de energia eléctrica como un bien público y un derecho humano de naturaleza económica y social. La Gaceta, pág. 3.

Congreso Nacional. (4 de febrero de 2022). Ley para la reconstrucción del Estado Constitucional de derecho y para que los hechos no se repitan. La Gaceta, pág. 9.

Fash, B. (2021). Territorios en riesgo. Tegucigalpa: UNAH, FOSDEH, OXFAM.

Poder Legislativo. (21 de abril de 2022). Decreto Nº 32-2022. Tegucigakpa, Francisco Morazán, Honduras .

público., E. (13 de diciembre de 2021). Honduras : EU fija su agenda con próximo gobierno de Xiomara. Tegucigalpa, Honduras, Centroamérica.

Suazo, J. (10 de setiembre de 2022). Las apuestas para el triangulo del norte. Tegucigalpa, Honduras, América Latina y el Caribe.

Vallejo Larios, M. (setiembre de 2020). Zede en Honduras, reseña de una ilegalidad fuesta. Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras.

 

 

21/9/2022.

 

 

 

 

Incoherencias burocráticas, en la administración de posgrados de la UNAH

Roberto Briceño Jiménez

 

Resumen.

El objeto de este artículo es evidenciar que la estructura de administración de estudios de postgrados de la UNAH es contrastante entre la razón instrumental tecnocrática de costo ganancia y la razón institucional formal de la Universidad estatal de formación superior para la reproducción social, potenciación de cambios sociales.

Argumentar que el dominio tecnocrático hace incoherente la relación universidad sociedad en su concepción teleológica de formación superior por la relación universidad mercado basada en la concepción mercantil reduccionista y alienante del conocimiento como mercancía.

Proponer iniciativas de cambios en dimensiones estructurales orgánicas y funcionales en perspectiva de estructuración de un sistema universitario coherente, en su dimensión de universalidad, la concepción de educación derecho humano fundamental y universidad fuente gestora de transformación de la sociedad, más que espacio limitado para mercado de conocimientos, en la categoría de mercancía de servicios.

Incoherencia entre normas y estructuras burocráticas

El centro burocrático de la Universidad se llama Alma máter, una antinomia con el significado del concepto, potencia de cambio sociocultural concreta en la fuerza creativa e innovadora de los estudiantes, ellos son realmente el alma máter. Las estructuras burocráticas son jerárquicas funcionalmente, limitadas, racionalmente instrumentales para realización de propósitos determinados en términos de gobierno.

La Ley orgánica de la UNAH es el fundamento normativo de la estructura, principios fines y funciones de la institución, en su relación con la sociedad, el Estado y contexto internacional. De ella deriva el reglamento general, las normas académicas de la UNAH y los reglamentos específicos.

En el artículo 28 de esta ley establece: “Para cumplir sus funciones la UNAH se estructura en Facultades, Centros Universitarios y Centros Regionales Universitarios, Departamentos, Carreras e Institutos.” (Congreso Nacional, 2004, pág. 25).

Las funciones de la Universidad son: Docencia, Investigación y vinculación con la sociedad. Estas funciones corresponden ejecutar a las facultades por medio de sus departamentos, carreras e institutos.

El Artículo 34 establece: “La departamentalización es obligatoria en todas las unidades académicas. Los departamentos son unidades académico administrativas encargadas del desarrollo de un campo específico del conocimiento; para lo cual desarrollará carreras en los grados establecidos por la Ley y sus Reglamentos” … (Congreso Nacional, 2004, pág. 29)

Los departamentos para el desarrollo de campos específicos de conocimientos solamente funcionan en las facultades, los centros universitarios no están departamentalizados en campos disciplinares específicos. Habría que verificar si es más factible en ellos, los espacios académicos interdisciplinarios. La departamentalización significa estructuración de unidades académicas por disciplinas, en todos los centros debieran funcionar los departamentos académicos de Sociología, Filosofía, Historia, español, más otros departamentos por campos disciplinares específicos. Los docentes de cada unidad académica corresponden a su campo disciplinar de especialización.

La estructura organizativa de la Universidad establecida en la Ley no determina la existencia de las direcciones de Docencia, Investigación, posgrados y Vinculación Universidad sociedad. Esas direcciones fueron agregadas en las Normas académicas de la Universidad emitidas en mayo de 2015, normadas en tres secciones por los artículos 14 a 38 ( UNAH., 2015)

En relación con las facultades la estructura y funcionamiento de direcciones de docencia, investigación, sistema de posgrados y vinculación Universidad sociedad son distantes, paralelas y desarticuladas funcionalmente, aunque las normas enfatizan su funcionamiento articulado con las unidades académicas: facultades departamentos e institutos.

Esa desarticulación se evidencia en dualidades funcionales diferentes e inconexas verificables en hechos siguientes: La evaluación y promoción de carrera docente es función de los concejos de carrera docente, en las direcciones de investigación y posgrados, se ha  aplicado concursos para selección y reclasificación de personal docente, al margen de los departamentos académicos y sus concejos locales y general de carrera docente, después han transferido personal clasificado a departamentos en condición laboral de docentes. Práctica consuetudinaria es también en los posgrados que nominalmente son de facultades, pero realmente dependen de su dirección de estudios de posgrado, sin relación con directiva de la facultad correspondiente.

 El caso de estudios de posgrado es de particular interés en este análisis y reflexión crítica, de las incoherencias estructurales disfuncionales, que afectan a estudiantes quienes son esencialmente la razón y fin de la Universidad, como la seguridad de la persona humana es el fin supremo del Estado.

Los espacios académicos de la Universidad son los departamentos y carreras de grado y posgrados. Así lo establece el articulo 34 de la Ley Orgánica, pero en la estructura del reglamento de sistema de estudios de postgrado, artículo 11, los jefes de departamentos académicos y comités técnicos de carrera son actores ausentes. En el reglamento de 2008 participaban los comité técnico de carrera en la elección de coordinadores de carrera y de facultad.

El Reglamento de 2018, atribuye la función   de   selección de coordinación de carrera y coordinación general de la facultad, a la Decanatura, y a Rectoría, con omisión de concurso o elección por claustros, asamblea de departamentos, consejos de carrara docente o asamblea de profesores de carrera, que son espacios de participación docente. (UNAH., 2018)

Diferencias conceptuales entre tiempos académicos y administración de costos financieros

Los espacios y tiempos académicos son diferentes o desiguales con los espacios y ciclos de mercado financiero. La razón académica de aproximación a la realidad e investigación y elaboración de conocimiento resulta condicionada por factores socioculturales y naturales que no determina el autor o autores, el tiempo de quienes estudian e investigan depende del tiempo de otros.

El artículo 251 de las Normas académicas de la UNAH, establece que concluido el plan de estudios el estudiante tendrá dos años para concluir, presentar y aprobar su trabajo de tesis. Pasado ese tiempo cada carrera aplicará regulaciones de acuerdo con su reglamento interno. ( UNAH., 2015)

Desde años precedentes a la vigencia de Normas académicas las tasas de graduación o titulación han sido menores a nivel de posgrados y las coordinaciones académicas han estado obligándose a reprogramar prórrogas. La tasa de graduados es entre    0.05 y 01.0 % (de eficiencia terminal), en condiciones relativamente normales.

 La condición presente es sin precedentes, han transcurrido 2 años 4 meses de emergencia por pandemia y continúa, el Estado mantiene indefinido estado de emergencia. En consideración a precedentes de prorrogas desde 2012, autorizadas por resolución del Consejo Universitario hasta 2017, la Vice rectoría académica respondiendo a solicitud de la Dirección de estudios de posgrados, resolvió admitir la prórroga de marzo de 2021 al uno de junio de 2022, por considerar la emergencia de 2020 y la imprevisión de recursos y procedimientos adecuados para evaluación virtual de tesis.

Seguidamente en resolución No 5 -2022 la Vicerrectoría académica amplió la prórroga hasta el 13 de diciembre de 2022 con programa de procedimiento de aplicación diseñado por la coordinación de postgrados de cada facultad. Las resoluciones citadas se fundamentan en el articulo 251 de las normas académica.

Independiente de esas consideraciones y criterios académicos, la administración financiera de posgrados, sin notificación escrita informó que aplicaría la tasa extraordinaria del 10% del costo total de la maestría establecida en artículo 63, del Reglamento del sistema de estudios de posgrado. Imposición que no contienen las normas académicas. Si se lee e interpreta correctamente que el segundo párrafo del artículo de referencia dice: “después de este tiempo (es el tiempo de prórroga) el estudiante deberá recibir un curso de actualización temática y de metodología de investigación más el pago del 10% del costo total por estudiante, según promoción a la que pertenece” … (UNAH., 2018)

La tasa de 10% es una penalización económica, no tiene referencia en la Ley Orgánica ni el Reglamento General de la UNAH, resulta contradictorio y además arbitrario que omitiendo el sentido y razones de las prórrogas se sancione a los beneficiarios con un impuesto extraordinario y conceptualmente indefinido reglamentariamente, al margen de criterios académicos y factores socioculturales y económicos.

Los costos de estudios de posgrados son diferentes y desiguales en la UNAH.

Los postgrados de la UNAH son unidades académicas, administradas bajo techo estatal con criterio de unidades privadas. Los costos varían entre 80 y 100,000 Lempiras, diferidos por mes en cuentas de 24 meses y se aplican tasas de interés por mora, con igual racionalidad que aplican en administración de capitales, las instituciones de intermediación financiera.

Las categorías de posgrados se diferencian por grado: especialidad, maestría, doctorado, y cursos de actualización. Por área curricular: académicos o profesionalizantes. No he encontrado la razón de la desigualdad de precios totales y parciales, porque el plan de arbitrios vigente data de 2008 y solamente especifica costos de derechos de matrícula y derechos de graduación que describiré seguidamente. El plan de arbitrios vigente citado, en la tabla I especifica derechos de matrícula anual por estudiante:

Derechos de matrícula anual, hondureños graduados de la UNAH que estudian otras carreras, 2000. Lempiras.

Derechos de matrícula anual, estudiante hondureño de primer ingreso 500 Lempiras.

El articulo 74 del Reglamento de sistema de estudios de posgrado podrán ser financiados por asignaciones presupuestarias de la UNAH, donaciones o legados, ingresos por matricula y venta de servicios de carreras, convenios de cooperación.

La matrícula es programada por administración de cada posgrado. El plan de arbitrios define derechos de matrícula …” el valor que el estudiante paga por los derechos de obtener los bienes y servicios que obtiene para su formación profesional” (UNAH., 2008).

Desde 2015 las normas académicas establecen en su artículo 128, el año Académico y faculta a Vice rectoría Académica la calendarización de periodos académicos. Aunque en el artículo citado no establece periodos en el año académico. La Vice rectoría calendariza tres periodos en cada año académico.

 El derecho de matrícula se impuso por periodo académico con incremento de 500 a 810 Lempiras anual, de 250 a 270 por periodo académico de primer ingreso y reingreso regular de pregrado. No he tenido acceso a datos reglamentados en plan de arbitrios que indique el costo por derecho de matrícula para estudiantes de posgrado por año y por periodo académico.

Si se aplica la categoría de costo de derechos de matrícula para hondureños graduados de otras carreras, establecida en tabla I del Plan de arbitrios, el monto seria 2000 Lempiras por año académico o si se impone por tres periodos académicos suma 6000 Lempiras, por año académico.

 Todo hace ambiguo y relativamente desigual y arbitraria la aplicación de multas con significado de penalización o sanciones por causas determinadas relativas a incumplimiento de tiempos académicos, con justificadas prórrogas sucesivas correctamente aplicadas, por la Vicerrectoría académica y la Dirección de estudios de posgrados.

 En consecuencia, los estudiantes de la UNAH están obligados a pagar derecho de matrícula y de graduación. Legalmente no están obligados a pago mensual por año académico.

Cambios necesarios pertinentes

1.      Normar en el Reglamento de Plan de arbitrios, los derechos de matrícula de estudiantes de grado y posgrado en correspondencia con el año académico calendarizado.

2.      Abolir las normas que imponen multas por incumplimiento de tiempos académicos por absurdas y arbitrarias.

3.      Ampliar a cuatro años el tiempo limite para estudiantes que hayan concluido su plan de estudios, para presentar y aprobar su tesis de grado, considerando que la evaluación y rediseño curricular de carrera se hace al cumplir cinco años de gestión por carrera, según artículo 124 de las normas académicas. Solamente en la condición que se haya rediseñado y actualizado el currículo de la carrera, es pertinente que el estudiante que no concluya su trabajo de investigación en cuatro años, aplique a un curso de actualización para rediseñar su investigación.

Referencias

Congreso Nacional. (2004). Ley Organica de la Universidad Nacional Autònoma de Honduras. Teguciigalpa: Casa Blanca.

UNAH. (2015). Normas acadèmicas de la Universidad. Universitaria: Universitaria, Publicaciones de la reforma universitaria Nª 6.

UNAH. (6 de mayo de 2008). Plan de arbitrios de la UNAH. La gaceta, pág. 18.

UNAH. (9 de agosto de 2018). Reglamento del sistema de estudios de posgrado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. La gaceta, pág. 12.

UNAH. (9 de agosto de 2018). Reglamento general del sistema de estudios de posgra de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. La Gaceta, pág. 10.